Términos y Condiciones

1. CONDICIONES GENERALES DE LA VENTA EN SOBRE CERRADO

1.1.  Para presentar sus propuestas a Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., los interesados lo harán por escrito, utilizando el modelo de formalización de propuesta, con la identificación “Propuesta xxxxxx”, de acuerdo con las siguientes formas:

a) A través de un sobre cerrado y registrado y enviado a la oficina: Rua Poeta Bocage, Nº15 F, Escritório M, Telheiras, 1600-240 Lisboa, hasta el día xxxxxxx;

b) Las propuestas que se entreguen personalmente se harán en la misma oficina mencionada en el apartado a), inexcusablemente, hasta las xxxxxx horas del día xxxxxxxxxxxx.

1.2. En el momento de enviar las propuestas vía CTT (Correos de Portugal), la propuesta deberá ser enviada dentro de un sobre opaco y debidamente cerrado, colocado dentro de otro sobre cuya dirección deberá ser conforme las indicaciones arriba referidas. Las propuestas que sean entregadas en mano únicamente serán necesario que vayan en un único sobre opaco.

1.3. Las propuestas deberán contener, para no ser excluidas, los siguientes elementos:

·         Identificación del licitador:

a) Nombre o denominación social;;

b) Dirección:;

c) Número fiscal;

d) Teléfono;

e) E-mail.

·         Identificación del (de los) Lote(s) y respectivo(s) valor(es) ofrecido(s), por extenso, en la moneda euros;

·         Indicación de que el licitador conoce y acepta las condiciones de venta.

1.4. Las propuestas serán excluidas si: algún sobre se encuentra abierto o revela indicios de haber sido violado; si la propuesta no está debidamente identificada con los elementos del proceso presentes en el punto 1.1.

1.5. Con el envío de la propuesta deberá enviarse, al mismo tiempo, un cheque fianza, con el valor correspondiente al 20% de la venta del valor anunciado, a la orden de Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., bajo pena de ser excluida.

1.6. No existiendo disposiciones contrarias, las propuestas serán abiertas/divulgadas en la oficina sita en Rua Poeta Bocage, Nº15 F, Escritório M, Telheiras, 1600-240 Lisboa, en el día xxxxxxx a las xxxxxx, pudiendo estar presentes todos licitadores, no habiendo impedimento para la concretización del acto de venta ante la ausencia de algunos de ellos.

1.7. Caso exista más de una oferta de igual valor para el bien en venta, se podrá proceder para una licitación entre los licitadores.

 

2. BIENES INMUBLES/BIENES MUEBLES

2.1. El bien inmueble es vendido en su estado físico y jurídico en el que se encuentra, libre de cargas o encargos, cuando ya hayan sido oídos los acreedores como garantía real sobre el bien, en los términos del nº2 del art.164º del Código da Insolvência y da Recuperação de Empresas (CIRE.

2.2. Los bienes muebles son vendidos en su estado físico y jurídico en el que se encuentran, y no tienen ninguna garantía de funcionamiento/piezas o montaje y transporte;

2.3. Los bienes en venta estarán disponibles para su visita previa, en el panfleto y/o área, en los días indicados a dicho efecto, así como a través de citas a definir directamente con Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda.

2.4. Se supone que los interesados han inspeccionado el bien en causa y conocen sus características, por lo que la subasta se declina de cualquier responsabilidad por su estado de conservación o funcionamiento, así como de cualquier descripción incorrecta o información que consta en el folleto y que pueda incurrir a error.

2.5. La Masa de Insolvencia o Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., no podrán ser culpables de cualquier responsabilidad por descripciones incorrectas en el folleto que puedan incurrir a error, así como alteraciones relativamente a la situación jurídica del predio, o su licencia, que puedan cometerse futuramente y verse perjudicados por ley o por un acto administrativo.

2.6. No es asegurado que los bienes en venta tengan licencia de habitabilidad o de utilización, y, si la tiene, no es garantizado que dicha licencia sea integral y que se corresponda con la realidad material.

 

3. PAGAMENTO DEL PRECIO

3.1. Con la propuesta:

a) Cheque fianza en valor de 20%, a la orden de Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., que será devuelto al adjudicatario en el momento de la adjudicación.

3.1.1. Con la adjudicación del inmueble, el adjudicatario pagará:

a) 20% del valor de la venta, a través de un cheque emitido a la orden de la Masa de Insolvencia o transferencia bancaria;

b) 5% del valor de la venta, más IVA a la tasa en vigor, a través de cheque emitido a la orden de Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., referente a los servicios prestados en la promoción y venta del bien, aunque éste puede ser pago igualmente por transferencia bancaria para el IBAN de Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda.

c) Los restantes 80% del valor de la venta deben ser liquidados en el momento de la escritura de compra y venta, a través de cheque visado/bancario.

3.1.2. Con la adjudicación de bienes muebles, el adjudicatario pagará:

a) 100% del valor de la venta, a través de cheque emitido a la orden de la Masa de Insolvencia xxxxxxx.

b) 10% sobre el valor de la venta, más IVA a la tasa en vigor, a través de cheque emitido a la orden de Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., o transferencia bancaria, referente a los servicios prestados en la promoción y venta del bien.

3.3. La falta de cualquier pago citado anteriormente sea por la simple desistencia o por falta de provisión de fondos, puede determinar que:

a) La venta del pujante queda sin efecto;

b) El(los) bien(bienes) vuelve(n) a ser vendido(s) a través de la forma que se considere más conveniente;

c) El pujante no podrá volver a ser admitido para adquirirlo(s) nuevamente;

d) El pujante queda responsable por la diferencia entre el precio que pujó y por el que fue vendido el lote o bien, así como los gastos que se deriven. .

 

 

4. ESCRITURA PUBLICA

4.1. La escritura pública del inmueble será efectuada en el plazo de 60 días o cuando se tenga toda la documentación necesaria para el efecto, cuya fecha, hora y local se comunicará al adjudicatario con una antecedencia mínima de 15 días.

4.2. El adjudicatario está obligado, caso le sea solicitado, a facilitar todos los elementos necesarios para la concretización de los actos de transmisión, principalmente los documentos comprovativos de la liquidación y pago del Imposto Municipal sobre as Transmissões Onerosas de Imóveis (IMT) e Imposto de Selo, sí es el caso.

 

4.3. Es de la responsabilidad del proeminente-comprador todos los gastos inherentes a la compra, en particular el pago de las escrituras y registros, así como la liquidación del Imposto de Selo e IMT y la emisión del Certificado Permanente actualizado de (de los) inmueble(s) adjudicados, sí es el caso.

 

 

5. RECOGIDA DE BIENES

5.1. Una vez comprobados todos los pagos, los compradores serán contactados para recoger los bienes. La recogida y transporte de dichos bienes es de exclusiva responsabilidad de los compradores.

5.2. Los vehículos solo serán retirados una vez inscritos en el Registro.

5.3. Los bienes muebles tendrán que ser retirados en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la adjudicación, salvo indicación especial que constará en el catálogo de venta, que será debidamente anunciada.

5.4. Los bienes inmuebles serán entregados en el acto de la Escritura de Compra y Venta..

5.5. Es de la responsabilidad del comprador poner a disposición todos los medios para la retirada de los bienes, con la obligación de un cuidadoso y eficaz proceso en el acto de su retirada, así como es responsable por eventuales daños causados a terceros o bienes de terceros, en el momento del manejo/desplazamiento/desmontaje/transporte de los respectivos bienes adquiridos.

5.6. La no recogida de los bienes dentro del plazo fijo podrá ser motivo de las siguientes consecuencias:

a) Cancelación de la adjudicación;

b) Responsabilidad criminal y/o civil por los daños o perjuicios causados;

c) Pérdida de los valores entregados.

6. DISPOSICIONES FINALES

6.1. Cualquier situación de incumplimiento imputable al pujante, motivará la pérdida de los importes ya pagados, sea del título que sea.

6.2. Si, por motivos ajenos a Justavenda Leilorial, Unipessoal, Lda., la venta fuera considerada sin efecto por aquéllos autorizados a hacerlo, las cantidades recibidas serán devueltas sin ningún impedimento.

6.3. Justavenda Leiloeira, Unipessoal, Lda., en cumplimiento de sus funciones, oídos los interesados en la venta, podrá:

a) No vender, siempre que los valores afectados sean considerados manifiestamente insuficientes;

b) Exigir, siempre que se estime oportuno, los pagos sean hechos en cheque visado o en efectivo;

c) No considerar ventas no señalizadas;

d) Interrumpir, cancelar o anular el acto, siempre que sean descubiertas irregularidades o conspiración entre los participantes.

6.4. La participación en la subasta requiere la aceptación integral de las condiciones del presente reglamento, estableciéndose para la resolución de cualquier conflicto que surja la jurisdicción competente de la comarca de Lisboa.

6.5. Las presentes condiciones no dispensan la consulta, lectura y aceptación obligatoria en la plataforma www.justavenda.pt en todos sus términos y condiciones previstos en la misma.

 

NOTAS

  •          La venta es efectuada en los términos de lo dispuesto en los artsº816 y siguientes del Código do Processo Civil.
  •          Para más informaciones consultar la página: www.justavenda.pt
  •          Las fotografías presentes en el catálogo son meramente ilustrativas.

 

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