Dependiendo del vendedor puede o no tener la documentación.
No obstante, por dispensa de la ley, si el vendedor es una masa insolvente, no necesita de exhibir licencia de utilización, certificado energético o ficha técnica, aunque estos documentos puedan existir , porque, siendo las ventas judiciales una excepción a la ley, el inmueble puede ser vendido y hacer la escritura sin esta documentación.
Así, y caso el licitante necesite de exhibir la documentación en causa para cualquier fin, es de su entera responsabilidad su obtención, bien como los costes inherentes.
Por otro lado, en los casos en que los inmuebles sean provenientes de un vendedor, la Banca u otro similar, toda la documentación exigida por ley para la venta está asegurada.